Ley de desperdicio alimentario 2026: nuevas obligaciones para hostelería

Hoy, 2 de abril de 2026, entra en vigor la Ley 1/2025 de prevención del desperdicio alimentario, una normativa clave que impacta directamente en el sector de la hostelería. Su objetivo es reducir la pérdida de alimentos, mejorar la sostenibilidad y fomentar una gestión más eficiente de los recursos.

A continuación, te explicamos de forma clara qué establecimientos están obligados a cumplirla y cuáles pueden estar exentos.


🏨 ¿Qué establecimientos están obligados?

Con carácter general, deberán cumplir con la normativa:

  • Restaurantes, bares y cafeterías
  • Servicios de restauración
  • Empresas de catering
  • Establecimientos de tamaño medio o grande

En estos casos, será obligatorio contar con un plan de prevención del desperdicio alimentario, además de aplicar el resto de medidas establecidas por la ley.


⚠️ ¿Qué establecimientos pueden estar exentos?

Podrán quedar exentos del plan de prevención:

  • Microempresas (menos de 10 trabajadores y bajo volumen de facturación)
  • Locales con una superficie inferior a 1.300 m²

No obstante, deberán cumplir igualmente con obligaciones básicas como:

  • Facilitar al cliente llevarse las sobras
  • Gestionar correctamente los excedentes
  • Aplicar medidas para reducir el desperdicio

📋 Principales obligaciones de la ley

Las medidas más relevantes que introduce la normativa son:

  1. Elaboración de un plan de prevención (cuando sea obligatorio)
  2. Ofrecer envases para que el cliente pueda llevarse las sobras
  3. Gestión de excedentes siguiendo este orden:
    • Donación
    • Alimentación animal
    • Uso industrial
    • Eliminación
  4. Fomento activo de la donación de alimentos
  5. Medición y control del desperdicio alimentario
  6. Régimen sancionador con multas de hasta 500.000 €

📩 Información y consultas

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